Curso de protocolo de desconexión digital en el ámbito laboral

Curso de 30 horas de duración, en modalidad teleformación que ofrece las herramientas necesarias para elaborar el protocolo de desconexión digital en el ámbito laboral, de obligado cumplimiento para todas las empresas.

En este curso se incluyen ejemplos y un modelo estándar descargable para implementar el protocolo de desconexión digital en cualquier empresa. La formación permitirá realizar la implantación de un protocolo personalizado, adecuándose a las características de la empresa, aplicando los diferentes derechos digitales en el ámbito laboral.

Se da a conocer la normativa que regula el derecho a la desconexión digital junto con las obligaciones que tienen las empresas y empleados al respecto. Se informa sobre las sanciones e infracciones que supone la no aplicación de este protocolo así como las nociones sobre los riesgos psicosociales que implica la no desconexión digital laboral.

Se indica la estructura de un protocolo estándar, qué puntos básicos debe recoger, y las políticas internas a implementar. Se explican cuáles son los pasos para la implementación de un protocolo de desconexión digital y las medidas a adoptar, los casos de excepción y las fórmulas para su comunicación a los empleados.

¿Qué empresas están obligadas a elaborar un plan de desconexión digital? Todas las empresas, independientemente de cuál sea su tamaño, número de empleados o sector de actividad, están obligadas a elaborar e implantar su plan de desconexión digital. El derecho a la desconexión digital se regula en el artículo 88 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).

«El empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, elaborará una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática. En particular, se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia, así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas”

OBJETIVOS Y CONTENIDOS

Inscripciones al curso

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